El día 27 de junio entró en vigencia la nueva Ley de Etiquetado de Alimentos

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La nueva legislación obliga que los productos envasados tengan el sello "Alto en" si superan los índices permitidos. También prohíbe su venta en kioskos de colegios y su promoción para menores de 14 años.

 La Ley de Etiquetado Alimentos, explica el Ministerio de Salud, permite al consumidor contar con información clara y comprensible de los productos que puede adquirir.
De este modo, algún producto como galletas que tengan la advertencia "Alto en" informará si posee sodio, grasas saturadas o azúcares sobre la norma. Los que finalmente, consumidos en exceso, pueden generar daños a la salud.
La medida combatirá los altos estándares de obesidad que tiene el país, como también promover información nutricional explícita en los productos que se comercializan en el país. Sus principales objetivos radica en mejorar la salud de los chilenos y pretende reordenar el consumo de los productos alimenticios envasados.
Así lo establece una de las principales disposiciones de la Ley 20.606 sobre Composición Nutricional y su Publicidad, medida que junto al nuevo etiquetado de alimentos y la restricción de la publicidad dirigida a menores de 14 años de productos que no son saludables, buscan reducir la obesidad infantil

Dentro de las exigencias, se obligará a los kioskos de los establecimientos educacionales a retirar productos con etiquetado "Alto en" y a vender productos sanos.
La fiscalización de la norma comenzó a partir de ayer martes en los colegios, donde los establecimientos de prebásica, básica y media comenzarán a ser revisados. Los que no cumplan con la normativa arriesgan sanciones.
El Minsal establece que "tampoco se podrán vender o expender, comercializar, publicitar, ni regalar alimentos no envasados, que en su contenido nutricional superen los límites de energía (calorías), azúcares, sodio y grasas saturadas".
Entre los alimentos no envasados más comunes que se pueden encontrar en los kioscos están: completos, empanadas, pizzas/pizzetas, queques, pasteles, sopaipillas, dulces/ productos de confitería, chocolates, bebidas gaseosas o jugos de máquina azucarados, salsas como ketchup/mostaza/mayonesa, productos de panadería/bollería (masas dulces o saladas con y sin relleno).

Si bien, la medida no prohíbe la venta en los alrededores de los establecimientos, ni tampoco al envío de colaciones desde la casa, la Ministra de Salud, Carmen Castillo, apuesta a que este sea un compromiso como sociedad. Agregó asimismo que las atribuciones de los alcaldes pueden establecer alguna ordenanza municipal para controlar la venta en los perímetros.

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