La normativa regula el uso, limpieza y mantención de canales y acequias, estableciendo sanciones a quienes obstruyan el paso del agua o descarguen residuos en los cauces.
La Municipalidad de Pirque publicó oficialmente la Ordenanza Municipal sobre Libre Circulación de las Aguas y Mantención de Servidumbres de Paso y Acueductos, una herramienta legal que busca proteger los cauces y acequias que recorren el territorio comunal, reforzando la responsabilidad de los vecinos y usuarios del agua en su conservación.
Propósito y alcance
La ordenanza tiene por objeto garantizar la libre circulación y calidad de las aguas que atraviesan canales y acequias, así como la mantención adecuada de las servidumbres de paso y acueductos, de acuerdo con lo establecido en el Código de Aguas. Se aplica a todo el territorio comunal e involucra a propietarios, arrendatarios, usuarios y comunidades de agua.
Obligaciones principales
Los titulares de derechos de agua y los usuarios de los cauces deben:
- Mantener los canales y acequias libres de construcciones, cercos o entubamientos que impidan el flujo normal del agua.
- Conservar y limpiar periódicamente los bordes y fondos de los cauces, eliminando basura, zarzamoras, arbustos u otros elementos que los obstruyan.
- Permitir el ingreso inmediato de inspectores municipales para su fiscalización y de trabajadores que realicen labores de limpieza o conservación.
- Retirar el material extraído durante las faenas de limpieza para evitar la acumulación en caminos o zonas vecinas.
Prohibiciones y sanciones
Queda estrictamente prohibido:
- Eliminar, suprimir o desviar cursos de agua, salvo autorización expresa de la Asociación de Canalistas, de las Comunidades de Agua y si corresponde de la Municipalidad de Pirque.
- Desaguar canales o acequias hacia las vías públicas o caminos, provocando anegamientos.
- Obstruir el acceso a las servidumbres de paso mediante rejas, cercos o construcciones.
- Prohibir la descarga de residuos industriales o domiciliarios, arenas y materiales que afecten la calidad o el curso natural del agua.
El incumplimiento de la normativa puede ser sancionado con multas de 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), además de otras medidas correctivas como la demolición de obras o la limpieza del cauce a costo del infractor.
Facultades municipales
La Municipalidad de Pirque podrá:
- Ordenar y ejecutar la demolición de construcciones u obstrucciones que afecten los cauces.
- Realizar limpiezas de emergencia cuando exista riesgo para personas o viviendas.
- Solicitar el auxilio de la fuerza pública para asegurar el cumplimiento de las disposiciones.
Asimismo, los inspectores municipales están facultados para fiscalizar e ingresar a los predios, previa notificación, y levantar infracciones conforme a la Ley N° 18.287.
Coordinación con la Asociación de Canalistas
La Asociación de Canalistas del Canal de Pirque tendrá un rol fiscalizador, informando a la Municipalidad sobre cualquier infracción detectada, fortaleciendo así la gestión hídrica comunal y la cooperación entre instituciones y regantes.
Un llamado a la responsabilidad
Con esta ordenanza, Pirque da un paso decisivo hacia la protección de sus recursos hídricos y el ordenamiento territorial.
El municipio hace un llamado a los vecinos a cumplir las normas, evitar obstrucciones y denunciar vertimientos o construcciones ilegales que pongan en riesgo el escurrimiento natural del agua.